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1. ¿Cuáles son las Características de Cada Régimen?

1.1 Regimen General Semi Integrado (Art. 14 letra A (“Ex 14 B)”)

El Régimen General está orientado principalmente a las grandes empresas.
Régimen de tributación con contabilidad completa donde los socios pueden realizar imputación parcial de crédito del Impuesto de Primera Categoría de la Ley de la Renta. A este Régimen se deben acoger todos los contribuyentes cuyos ingresos del giro y capital, no les permita ser clasificados como Pyme.

1.2 Régimen PRO PYME GENERAL (Art. 14 letra D) número 3 LIR)

Régimen ideal para las empresas en fase de crecimiento y más maduras.
Régimen Tributario enfocado a pequeños y medianos contribuyentes, que le permite optar entre contabilidad completa o simplificada, con tasa reducida del Impuesto de Primera Categoría y tributación de los propietarios con base en los retiros efectivos con imputación total del crédito del Impuesto de Primera Categoría para dueños que sean Pyme.

1.3 Régimen PRO PYME Transparente (Art. 14 letra D) número 8 LIR)
Este es el régimen pensado para las micro empresas.
Régimen Tributario enfocado en contribuyentes pequeños y medianos, cuyos propietarios sean contribuyentes de impuestos finales (personas naturales o jurídicas domiciliadas en el exterior). En este caso la Pyme quedará liberada del Impuesto de Primera Categoría y sus propietarios deberán tributar con sus impuestos finales según lo determinado por la empresa.